Desobediencia Civil
Sevilla
2000
Un inmueble del casco antiguo está siendo ampliado de manera ilegal. Como promotor de la idea, pero libre de responsabilidades legales, que recaen exclusivamente en el propietario del inmueble afectado, al no existir proyecto visado en el Colegio Oficial de Arquitectos ni ningún tipo de licencia para la ejecución del mismo, quiero mostrar las razones que nos mueven a mi y a el propietario del inmueble para cometer semejante ilegalidad.
La Legalidad
El proceso legal para la construcción o modificación de un inmueble, es un proyecto arquitectónico visado y sus correspondientes licencias de obras. La Gerencia de Urbanismo del municipio correspondiente revisa el proyecto y si lo ve correcto y totalmente acorde con las ordenanzas del Planeamiento Urbanístico que está implantado en el municipio, permite su construcción concediendo las correspondientes licencias. Una vez terminado el inmueble deberá ser inspeccionado por técnicos municipales para verificar el correcto desarrollo respecto al proyecto aprobado, y conceder la licencia de ocupación o cédula de habitabilidad.
El Problema
Los problemas comienzan cuando son denegadas las licencias de obra por incumplimiento de algunos parámetros o aspectos de las citadas ordenanzas. En el caso del Casco Antiguo, el fin último y más importante de todas ellas es mantener en estado de parálisis temporal el entorno urbano y sus construcciones, limitando y definiendo concretamente la fisonomía y aspectos visuales y funcionales de todo lo allí existente o por existir.
Las razones son lógicas; conservar unas señas de identidad que se estiman comunes a la ciudad, mediante un juicio y valoración histórica hecha y consensuada por los poderes políticos del momento y con el respaldo cultural y técnico de arquitectos, historiadores y personajes críticos en la definición y ordenación del hecho urbano.
Estas señas de identidad, que se quieren mantener intactas y que sirven de reclamo turístico, van convirtiendo parte de la ciudad en un organismo inmóvil y estéril; un parque temático habitable, una ciudad espectacularmente muerta. La libertad con el que el ciudadano modificaba su propiedad y entorno es severamente limitada.
El mantenimiento obligado de ciertos colores en las fachadas, el uso exclusivo de materiales y soluciones constructivas, la conservación o reconstrucción según el orden impuesto o las limitaciones de uso de las propiedades inmobiliarias, son las directrices necesarias para mantener la imagen que se entiende o supone aceptada por la gente que da vida a la ciudad.
Los mismos individuos que han ido creando los diferentes y particulares entornos comunitarios mantienen, paradójicamente, el derecho a cambiar su imagen física; peinados, tatuajes, prótesis diversas; ropa, coche, móvil etc, e incluso a renunciar a sus convicciones culturales e intelectuales tantas veces como una persona libre quiera.
Variable a través de los años, y por lo tanto razonablemente puesto en duda, el grado de proteccionismo establecido actualmente puede asumirse como servil a las intenciones y necesidades de imagen que quiere dar los oscilantes representantes de los poderes públicos de los ciudadanos.
La ilegalidad
Si alguna vez nos planteamos la posibilidad de que nuestro ejercicio a la hora de construir o modificar una arquitectura puede entrar en conflicto con lo ordenado, y asumimos la desobediencia civil por motivos de necesidades espaciales, funcionales o intelectuales (necesidad de identidad personal o la defensa de una manera determinada de vivir), podemos hacer dos cosas: acudir a los proyectos dobles ocultos, como me gusta llamarlos, o la ilegalidad absoluta por inexistencia de proyecto ni licencia, mi caso actual.
En el primer caso sucede que el proyecto que estimamos será aceptado, al primer o segundo intento, por la Gerencia y por el cual nos darán la licencia, tiene un proyecto doble oculto, que sólo conocen propietarios y constructores, y que da soluciones técnicas camufladas, para que una vez inspeccionado y concedida la licencia de ocupación se pueda descubrir la arquitectura oculta por medios casi inmediatos.
Una serie de ejemplos reales pueden seguir describiendo como razonablemente aceptable, la desobediencia civil practicada.
La lógica necesidad de construir una cubrición ligera en una azotea como defensa al sol, para hacerla mínimamente habitable en una gran parte del año, y su calificación como ilegal por el planeamiento, obliga a construir ocultas bajo un regruesado de rasilla y escayola las placas de anclaje para la estructura metálica que se podrá montar y desmontar posteriormente.
El derecho a la intimidad y vivir realmente aislado de la calle, y la ilegalidad de dejar ciegas las fachadas, obliga a colocar dentro y fuera del hueco de la ventana, obligada y perfectamente acabada en carpintería de madera y coloreada correctamente, unas contraventanas de hormigón e ínfimo marco de acero inoxidable, para que una vez hecha la inspección técnica con ventanas relucientes y abiertas se procede al cerrado definitivo de la doble hoja de hormigón consiguiendo una vida volcada hacia el interior de la vivienda y el patio.
Un caso contrario y que evidencia las lógicas diferencias de los habitantes, es la de desear, un hueco que no es permitido, unas veces por razones estéticas otras por necesidad funcional. El proceso es inverso; ventana acabada entre tabiques de cartónyeso o rasillas enfoscados y pintados, que será retirado una vez inspeccionado.
En el segundo, la ilegalidad absoluta, la pericia de los implicados es fundamental, porque el no tener ninguna licencia y hacer obras es complicado y arriesgado.
La necesidad de ampliación del espacio vital por diversas necesidades, según situaciones personales concretas, obliga en nuestro caso a construir ilegalmente una habitación y cuarto de aseo en la azotea del inmueble, cosa muy generalizada y común en la ciudad antigua, obviando la limitación impuesta para hacer habitable dicho nivel.
Subida de materiales por medios manuales no ruidosos, retirada de escombros en furgonetas en salidas nocturnas, contenedores-señuelos en las inmediaciones con motivo de una Reforma-menor de otro inmueble vecino, almacenaje camuflado, y en casos más interesantes andamios-biombo que sirven para que, en plazos de ejecución cortísimos, desaparezca y vuelva a aparecer una fachada de un inmueble obligado a su conservación. Todas ellas operaciones realizadas por especialistas en obras con camuflaje y ejecutadas con rapidez. Se suele utilizar de todas formas la figura de licencia de obra menor, sin proyecto técnico, para realizar auténticas obras de reforma y ampliación, para tener, en caso de visita desafortunada de alguna inspección, algún documento que evidencia cierta tendencia o predisposición a la legalización de la obra en proceso.
La emancipación
Creo argumentado suficientemente que ciertas Desobediencias Civiles son cometidas con cotidiana asiduidad, y que más allá de justificar la ilegalidad cometida en virtud al número de Desobedientes existentes, quiero que aparezca una duda razonable sobre la legitimidad de modificación de tu propiedad inmobiliaria como desarrollo legítimo de ciertas necesidades entendidas como vitales para el ciudadano.
Creo, además, que la evidencia del desarrollo de estas actividades ilegales describen unos impulsos liberadores que producen una emancipación, temporal, de las estructuras ordenadoras y limitadoras de la auténtica vida urbana. La alienación generalizada de los grupos humanos a una sociedad patéticamente acomodada, a todos los niveles, queda instantáneamente destrozada por aquellos que de manera subversiva cometen semejantes acciones, que más allá de producir cambios en las estructuras homologadoras y controladoras suponen un parodia crítica que evidencia las incapacidades de las mismas para acotar la compleja realidad.
NOTA: Las imágenes han sido manipuladas, siendo borrado o modificado el entorno urbano inmediato, con el fin de evitar localizar el emplazamiento de la prótesis cuestionada.